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Concepto 040531 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Si el empleado continúa prestando sus servicios en la misma administración sin que se produzca retiro efectivo de la respectiva entidad, no es viable que la administración realice la liquidación de los elementos salariales y prestacionales del cargo que ocupaba. Éstas se acumulan y se reconocerán al momento de su causación en el empleo, incluida la prestación social de vacaciones y siempre y cuando haya terminado el periodo de prueba. La empleada nombrada en periodo de prueba que lo culmine con calificación satisfactoria, adquirirá sus derechos de carrera administrativa,. Y teniendo en cuenta, que si cuenta con el año de servicios que prescribe la norma para el derecho a disfrutar de sus vacaciones, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 1045 de 19783, se concederán por quien corresponde, oficiosamente o a petición del interesado. |