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Concepto 039761 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública El contrato de prestación de servicios es una modalidad de vinculación con el Estado de tipo excepcional que se justifica constitucionalmente si es concebida como un instrumento para atender funciones ocasionales, que son aquellas que no hacen parte del “giro ordinario” de las labores encomendadas a la entidad, o que, siendo parte de ellas, no pueden ejecutarse con empleados de planta o requieren de conocimientos especializados; vinculación que en ningún caso debe conllevar subordinación. |
Concepto 039761 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El primo del concejal electo, no podrá vincularse mediante contrato de prestación de servicios en el respectivo municipio o en sus entidades descentralizadas, ni directa ni indirectamente |