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Sentencia 03843 de 2018 - Consejo de Estado

Se establece sentencia de unificación frente al tema de notificación y traslado de acciones populares, las reglas previstas en la ley 472 de 1998 se deben complementar con el articulo 199 de la ley 1437 de 2011, por lo que debe entenderse que los diez (10) días de traslado que fija el artículo 22 de la Ley 472 de 1998 deben contarse una vez hayan transcurrido los veinticinco (25) días de la citada disposición 199, con el cumplimiento de los demás requisitos establecidos en esta norma, teniendo en cuenta que a la expedición de la Ley 472 no existía la notificación a la dirección electrónica y que es ahora el medio empleado cuando se trata de las entidades citadas.