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Concepto 036651 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública No existirá impedimento para que una persona que se haya desempeñado o se desempeñe como secretario de despacho o como jefe de control interno sea presentado en la terna para reemplazo del alcalde, toda vez que a partir de la expedición de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, no se contemplará como inhabilidad para ser encargado o designado Gobernador o Alcalde los numerales 2 y 3 del artículo 95 de la Ley 136 de 1994 modificado por el artículo 37 de la Ley 617 de 2000. |