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Concepto 035851 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública "Los empleados del nivel directivo no están sujetos al cumplimiento de horario, sino que, por el contrario, se entiende están dedicados en todo momento al ejercicio de las funciones que le son propias; es decir que, si bien es cierto, no deben cumplir de manera estricta con el horario laboral establecido en la entidad, el cumplimiento de sus funciones debe ser en forma permanente. De acuerdo con lo expuesto, el jefe de control interno, no está sujeto al cumplimiento de la jornada laboral (horario de entrada y salida) por cuanto, se entiende que las funciones a ellos asignadas son de carácter permanente, con lo que se da cumplimiento a lo previsto en la ley disciplinaria." |
Concepto 035851 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública El cónyuge de un alcalde de un municipio que conforma un área metropolitana se encuentra inhabilitado para ser postulado y nombrado como director de la misma (área metropolitana), por expresa prohibición contenida el artículo 126 de la Constitución Política y el artículo 49 de la Ley 617 de 2000. |
Concepto 035851 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública "No existe inhabilidad o impedimento alguno para que los personeros salientes participen en el concurso de méritos mediante el cual se elija al nuevo personero municipal, siendo deber de los concejos municipales, garantizar transparencia, igualdad y sujeción a las reglas de mérito y del derecho de cualquier interesado a acudir a las autoridades competentes frente a cualquier irregularidad o favorecimiento indebido. Una vez el personero termina su periodo la única forma de volver a ocupar el empleo, sería previa superación del concurso de méritos respectivo, razón por la cual no se considera viable el encargo del personero que termina su periodo mientras se surte el concurso de méritos para el periodo siguiente." |