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Concepto 035841 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública Es procedente la terminación de un nombramiento provisional, siempre y cuando se atienda el marco legal y jurisprudencial. Así las cosas, al momento de expedir el acto no solo debe estar motivado si no cumplir las exigencias de su contenido material, motivando la decisión ajustada a derecho por el cual se dará la terminación del nombramiento. |