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Concepto 035561 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El empleado encargado tiene derecho a percibir la diferencia salarial siempre y cuando el sueldo del cargo en el cual se encuentra encargado no deba ser percibido por su titular, por lo tanto, hasta que se provea de manera definitiva el empleo, tendrá derecho a percibir la remuneración correspondiente. |