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Concepto 033951 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El ex servidor público condenado en cualquier tiempo por la comisión de delitos que afecten el erario como el peculado, sin perjuicio de las demás sanciones que establezca la ley, no podrá ser elegido, ni designado como servidor público, ni podrá celebrar personalmente, o por interpuesta persona, contratos con entidades del Estado; lo anterior se consagra como una inhabilidad permanente. |