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Concepto 032761 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Si la administración consignó valores de más por concepto de salarios, deberá solicitar autorización de los beneficiarios para descontar los valores a los que haya lugar, en tanto que no es procedente descontarlos de oficio por parte de la entidad. Si los beneficiarios no acceden al descuento, entonces será necesario acudir a la jurisdicción contenciosa para recuperar dichos valores, o a través de una conciliación. |