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Concepto 031341 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Cuando sobrevenga una inhabilidad a quien ha sido nombrado para ejercer un empleo público, como es el caso de la sanción de inhabilitación para el ejercicio funciones públicas de forma posterior a la vinculación del servidor, éste tiene la obligación de advertirlo inmediatamente a la administración y presentar renuncia al empleo, de lo contrario, la administración deberá proceder a revocar el nombramiento. |