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Sentencia 030 de 2012 - Corte Constitucional La Corte Constitucional concluye (i) que las expresiones "negocios incompatibles con" y "la institución" contenidas en el numeral 45 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002, son exequibles; y (ii) que la expresión "el buen nombre y prestigio de" contenida en el numeral 45 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002 es inexequible por vulneración del principio de tipicidad, legalidad y debido proceso consagrado en el artículo 29 Superior, |
Sentencia 030 de 2009 - Corte Constitucional Analiza la constitucionalidad del Decreto 2091 de 2003. |
Sentencia 030 de 2008 - Corte Constitucional La Ley General Forestal, en cuanto que regula de manera general e integral, la actividad forestal, no obstante que, contiene previsiones orientadas a preservar la autonomía de las comunidades indígenas y afrocolombianas, y que reconoce el derecho exclusivo de las mismas al aprovechamiento de los recursos forestales de sus territorios, es susceptible de afectar directa y específicamente a tales comunidades, en la medida en que establece políticas generales, definiciones, pautas y criterios, que en cuanto que de aplicación general, pueden afectar las áreas en las que se encuentran asentadas las comunidades, lo cual, a su vez, puede repercutir sobre sus formas de vida y sobre la relación tan estrecha que mantienen con el bosque¿ En esa medida, de acuerdo con el ordenamiento constitucional y en particular con el Convenio 169 de la OIT, que en esta materia hace parte del bloque de constitucionalidad, la adopción de la ley debió haberse consultado con esas comunidades, para buscar aproximaciones sobre la manera de evitar que la misma las afectara negativamente, así como sobre el contenido mismo de las pautas y criterios que, aún cuando de aplicación general, pudiesen tener una repercusión directa sobre los territorios indígenas y tribales, o sobre sus formas de vida. Esa consulta, que tiene unas características especiales, no se cumplió en este caso, y la misma no puede sustituirse por proceso participativo que de manera general se cumplió en torno al proyecto de ley. |
Sentencia 030 de 1997 - Corte Constitucional Derechos como el de permanecer en la carrera, a pesar de que su ingreso a ella no cumplió todos los requisitos para el efecto. Los funcionarios que aún continúan vinculados a la administración ocupando un cargo de carrera, sin hallarse inscritos como tales, no podrán solicitar su inscripción, pues para ello deberán someterse al correspondiente proceso de selección que cada entidad a nivel nacional o territorial adopte, a efecto de proveer cargos de esta naturaleza. |