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Sentencia 02982 de 2018 - Consejo de Estado La prima técnica fue concebida como un reconocimiento económico para atraer o mantener al servicio del Estado a funcionarios o empleados altamente calificados, requeridos para el desempeño de cargos cuyas funciones demanden la aplicación de conocimientos técnicos o científicos especializados, o para la realización de funciones de dirección y de especial responsabilidad, la prima técnica por formación avanzada y experiencia altamente calificada, frente a la misma quienes tienen derecho son los empleados que desempeñan en propiedad cargos susceptibles de dicha asignación en los niveles profesional, ejecutivo, asesor o directivo, siempre que acrediten título de estudios y experiencia en el área durante un término no menor de tres años. |