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Concepto 029581 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Para el servidor público que estaba cumpliendo misión especial en el exterior y regresa al país en diciembre de 2021, la liquidación de las cesantías en el régimen anualizado tiene en cuenta el último sueldo o jornal devengado, a menos que el salario haya variado en los últimos tres meses, caso en el cual se promedia lo devengado en el último año de servicio. Cuando el empleado se retira del servicio con posterioridad al sueldo de vacaciones, la prima de vacaciones y la bonificación por recreación, la compensación en dinero deriva del tiempo correspondiente al disfrute la cual sólo incluye el sueldo de vacaciones por los 15 días hábiles pendientes. Como la prima técnica automática es inherente al cargo, el funcionario titular tiene derecho a su reconocimiento y pago |