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Concepto 028441 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública El subcontralor está en la obligación de asumir las funciones de contralor municipal cuando éste termine su período y mientras se surta la elección del nuevo contralor en propiedad, bajo las reglas del procedimiento legal establecido para el efecto. En este sentido no habrá lugar a que éste perciba el salario y prestaciones que corresponden al cargo de Contralor Municipal, ya que no media la figura del encargo, que es la que le otorga este derecho a los servidores públicos que deben asumir el ejercicio de otro empleo, como situación administrativa. |