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Concepto 026901 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La prima de coordinación es otorgada al empleado que ejerza coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo, creados mediante resolución del jefe del organismo respectivo dentro de la entidad. Las condiciones para el reconocimiento por coordinación son:a) Que la entidad u organismo público pertenezca al nivel nacional y tenga planta global. b) Que el empleado sea designado como coordinador mediante Resolución. c) Que el empleado no pertenezca a los niveles Directivo o Asesor.