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Concepto 024201 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública " Los empleados públicos y trabajadores oficiales tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada año de servicios, salvo lo que se disponga en normas o estipulaciones especiales. No es procedente conceder de manera fraccionada el disfrute de las vacaciones." |