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Concepto 024111 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública El nominador de una entidad pública no puede nombrar, postular o contratar personas con las cuales tenga parentesco (en los grados señalados) en la entidad donde ejerce su función nominadora. Tampoco podrá nombrar ni postular como servidores públicos, ni celebrar contratos estatales, con quienes hubieren intervenido en su postulación o designación, ni con personas que tengan con estas los mismos vínculos señalados, puesto que se configuraría la inhabilidad prevista en el Artículo 126 Constitucional. |
Concepto 024111 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública "Cuando el empleado se encuentra vinculado a la Administración, la compensación de las vacaciones sólo procede cuando el jefe del respectivo organismo así lo considera necesario para evitar perjuicios en la prestación del servicio o cuando el empleado público quede retirado definitivamente del servicio sin haber disfrutado de las vacaciones causadas." |