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Concepto 020851 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública Existe inhabilidad para que, quien estuvo vinculado en un cargo directivo, suscriba directa o indirectamente contratos estatales durante el año siguiente a su retiro con la respectiva entidad y de dos (2) años siguientes al retiro del ejercicio del cargo público, cuando el objeto contractual que desarrollen tenga relación con el sector al cual prestaron sus servicios, es decir, en el caso puntual que nos ocupa, por tratarse de una entidad diferente a la cual estuvo vinculado como funcionario público del nivel directivo, la aplicabilidad de la inhabilidad descrita estará supeditada al hecho de que el objeto contractual que desarrolle en adelante tenga relación con el sector al cual presto sus servicios. |