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Sentencia 02068 de 2018 - Consejo de Estado El proceso de pérdida de investidura, por su naturaleza sancionatoria, le son aplicables los principios de reserva legal, tipicidad y taxatividad, por lo que, en este sentido, no se puede llegar a concluir que cualquier disposición tiene la potencialidad de consagrar conductas constitutivas de pérdida de investidura, el artículo 65 del Decreto 1421 de 1993 señala los requisitos que debe cumplir cualquier persona para ser electo como miembro de una Junta Administradora Local, también lo es que el mismo no se castiga, expresamente, con la sanción de desinvestidura sino, por el contrario, puede ser objeto del contencioso de nulidad electoral entre otras. |