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Concepto 020111 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública En cumplimiento de las disposiciones del artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, en cualquier tiempo, por iniciativa de la entidad o petición de las partes, la administración podrá corregir los errores simplemente formales de digitación, transcripción o de omisión de palabras que no impliquen el cambio del sentido material de la decisión. Una vez se realice la corrección, se deberá notificar a los interesados. |