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Concepto 014791 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública El Departamento Administrativo no tiene competencia para pronunciarse sobre la situación de tipo particular, como es la acaecida en la empresa Fertilizantes Colombianos en reestructuración. ellos de conformidad con el Decreto 430 de 2016. La competencia se le atribuye a la respectiva entidad nominadora por ser quien conoce de manera cierta y detallada la situación del personal a su cargo. De no ser posible dirimir el conflicto de manera conciliatoria debe acudir a la justicia ordinaria a efectos de dar resolución a la situación interna de la entidad. |