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Sentencia 013 de 2018 - Corte Constitucional La Corte Constitucional declaróexequible el Decreto Ley 898 de 2017 “Por el cual se crea al interior de la Fiscalía General de la Nación la Unidad Especial de Investigación para el desmantelamiento de las organizaciones y conductas criminales responsables de homicidios y masacres, que atentan contra defensores/as de derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos o que amenacen o atenten contra las personas que participen en la implementación de los acuerdos y la construcción de la paz, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo, en cumplimiento de lo dispuesto en el Punto 3.4.4. del Acuerdo Final Para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, se determinan lineamientos básicos para su conformación y, en consecuencia, se modifica parcialmente la estructura de la Fiscalía General de la Nación, la planta de cargos de la entidad y se dictan otras disposiciones” |
Sentencia 013 de 2011 - Corte Constitucional Los regímenes especiales estipulan condiciones más favorables para determinado grupo de trabajadores que generalmente tiene por factor común, características especiales de la actividad que desarrollan. Tal sería el caso de la actividad minera, la carrera militar, el régimen del Ministerio Público, el Magisterio, la Rama Judicial, etc. Estos regímenes no se rigen por las normas prestacionales ordinarias sino por un nivel de protección superior que se justifica constitucionalmente por ser más favorable a los trabajadores a que se dirige. |
Sentencia 013 de 2008 - Corte Constitucional Las entidades estatales o particulares no pueden exigir que, únicamente por la página Web se realice un trámite, se soliciten certificaciones, información o cualquier tipo de gestión, dado que los medios tecnológicos como el Internet son concebidos como un mecanismo para facilitar el acceso y no para limitarlo, entonces si será posible la utilización de cualquier otro medio sin desconocer los requisitos mínimos exigidos por la Ley. |
Sentencia 013 de 1993 - Corte Constitucional El derecho al trabajo, por su especial protección en la Constitución y por su carácter de valor fundante del Estado social de derecho, merece una especial protección respecto de la inembargabilidad del presupuesto. En aquellos casos en los cuales la efectividad del pago de las obligaciones dinerarias a cargo del Estado surgidas de las obligaciones laborales, solo se logre mediante el embargo de bienes y rentas incorporados el presupuesto de la Nación, este será embargable en los términos del artículo 177 del C.C.A. |