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Sentencia 01208 de 2006 - Consejo de Estado La declaratoria de vacancia no exige el adelantamiento de proceso disciplinario pues basta con que se compruebe que el empleado no se presentó a laborar dentro de los tres días siguientes hábiles al vencimiento de sus vacaciones, sin que mediara justa causa debidamente acreditada ante la entidad, para proceder de conformidad con la ley. |