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Concepto 010911 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública El retiro de los empleados con nombramiento provisional que tienen fuero sindical, no requiere autorización judicial, cuando se trate de proveer el cargo con quien ocupó el primer lugar en el concurso de méritos, pudiendo ser retirado del servicio por parte de la Administración mediante resolución, que debe ser motivada, considerando que la decisión no se produce por causas arbitrarias, sino en cumplimiento del proceso de selección para el ingreso a la función pública. |