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Sentencia 0091 de 2018 - Consejo de Estado La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura puede seguir ejerciendo funciones hasta que se integre la Comisión de Disciplina Judicial, bajo esa tesis no se opone a que los actuales magistrados (de la Sala Disciplinaria) que cumplan el periodo constitucional de ocho años para el cual fueron elegidos deban ser reemplazados en propiedad. En ese sentido, concluye que el Congreso puede elegir a nuevos magistrados en propiedad de la Sala Disciplinaria, lo que significa que el Presidente de la República debe elegir las ternas a partir de las cuales el Legislativo elegiría a los nuevos togados, como lo ordenaba la Constitución antes de la llamada ‘Reforma al Equilibrio de Poderes”. |