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Concepto 008981 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública El empleado que ostenta derechos de carrera administrativa y supera concurso de méritos y sea nombrado en periodo de prueba deberá comunicarle a la entidad en la cual posee derechos de carrera tal situación con el fin que le sea concedida la situación administrativa de período de prueba en empleo de carrera. Por lo cual no se recomienda renunciar al empleo en el cual ostenta derechos de carrera, ni será procedente solicitar licencia ordinaria. |