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Concepto 007401 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Ninguna persona que tenga la calidad de servidor público (empleado o trabajador oficial) puede ser elegido miembro de una Junta Administradora Local, esto significa que un empleado (docente) tendría que renunciar al cargo con anterioridad al día de su inscripción como candidato a ser elegido edil, ya que como empleado público no podría tomar parte en la controversia política. |