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Sentencia 00706 de 2011 - Consejo de Estado

Por disposición legal, los representantes legales, así como los nominadores y demás funcionarios competentes, deben abstenerse de nombrar, dar posesión o celebrar cualquier tipo de contrato con quienes aparezcan en el Boletín de Responsables Fiscales, so pena de incurrir en causal de mala conducta. Si bien es cierto que el deber enunciado es expreso para los representantes legales, nominadores y demás funcionarios competentes, también lo es que esta obligación está íntimamente correlacionada, para el caso, con la que tiene todo aspirante a ocupar un empleo público de informar oportunamente sobre la existencia o inexistencia de cualquier hecho o circunstancia que implique una inhabilidad o incompatibilidad.