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Sentencia 00537 de 2018 - Consejo de Estado

Las condenas impuestas a entidades públicas consistentes en la liquidación o pago de una suma de dinero serán ejecutadas ante la jurisdicción Contencioso Administrativa según las reglas de competencia contenidas en la ley 1437 de 2011, si dentro de los diez (10) meses siguientes a la ejecutoria de la sentencia la entidad obligada no le ha dado cumplimiento.