Filtros de búsqueda

  • Sentencia (1) [X]
Menos
Más
  • 00519 (1) [X]
Menos
Más
Menos
Más
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 1 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Sentencia 00519 de 2018 - Consejo de Estado

La ley 244 de 1995 estableció el término de 15 días para que la administración expida el acto de reconocimiento de las respectivas cesantías para los servidores públicos, que han de contarse desde la fecha de radicación de la solicitud, en el evento en que la solicitud esté incompleta, el empleador debe manifestarlo así al peticionario dentro de los 10 días siguientes al recibo de la solicitud, señalando expresamente los requisitos que adolece, así las cosas, cumplidas estas etapas, el empleador debe proferir el acto de reconocimiento de la prestación en el término inicialmente indicado, una vez se encuentre en firme el acto de reconocimiento de cesantías definitivas, la administración cuenta con el término de cuarenta y cinco (45) días hábiles para pagar la prestación, so pena de incurrir en mora y causar a su cargo la sanción indicada.