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Sentencia 00507 de 2011 - Consejo de Estado

El Estado ni sus instituciones están obligadas a mantener de forma permanente plantas de personal inflexibles, inamovibles que les impida adecuarlas a las necesidades funcionales de la administración, pero y esencialmente, a las exigencias de una actividad ágil, eficaz y diligente en la prestación de los servicios y en el ejercicio de sus competencias; por ello y desde luego, dentro del marco legal, las autoridades deben promover y realizar adecuaciones en su planta de personal que les permita obtener los objetivos de la función propia de los cargos como elemento sustancial del compromiso estatal de la administración pública.