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Sentencia 00198 de 2018 - Consejo de Estado

La historia clínica es un documento privado, sometido a reserva, que únicamente puede ser conocido por terceros previa autorización del paciente o en los casos previstos por la ley, ahora bien, el informe administrativo por lesiones de los miembros de la fuerza pública debe ser realizado por el comandante o jefe respectivo, en el evento de las lesiones sufridas por el personal a su cargo y determinará en cuál de las siguientes circunstancias ocurrieron: (i) en el servicio pero no por causa y razón del mismo, es decir, enfermedad y/o accidente común; (ii) en el servicio por causa y razón del mismo, es decir, enfermedad y/o accidente de trabajo; (iii) en el servicio como consecuencia del combate o en accidente relacionado con el mismo, o por acción directa del enemigo, en tareas de mantenimiento o restablecimiento del orden público o en conflicto internacional o (iv) en actos realizados contra la ley, el reglamento o la orden superior, tal como lo dispone el artículo 24 del Decreto 1796 del 2000. Finalmente, esta calificación es imprescindible para determinar el grado de incapacidad y la tabla que se ha de tener en cuenta para tal efecto.