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Sentencia 00180 de 2017 - Consejo de Estado Reitera el Consejo de Estado que para que sea reconocida la pensión gracia es necesario que el servicio prestado como docente y la vinculación a las instituciones ya sea de nivel departamental, distrital o municipal hubiere sido antes del 31 de diciembre de 1980; haber cumplido la edad de 50 años y haber desempeñado la labor con honradez, consagración y buena conducta, tal como lo señala la ley. De igual forma, señala que el salario está constituido por todas las sumas que percibe habitual y periódicamente. |