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Sentencia 00174 de 2018 - Consejo de Estado

Estos son los elementos que se deben tener en cuenta para la liquidación anual del auxilio de cesantías señalados por el Decreto 1582 de 1998: (i) destinatarios: los servidores públicos del nivel territorial vinculados a partir del 31 de diciembre de 1996 que se afilien a los fondos privados administradores de cesantías; (ii) liquidación: cada 31 de diciembre, por la anualidad o la fracción correspondiente, diferente a la que deba efectuarse en fecha diferente por la terminación del contrato de trabajo; (iii) intereses: legales del 12 % anual o proporcionales por fracción, y (iv) sanción moratoria: un día de salario por cada día de retardo cuando el empleador no consigne el valor liquidado antes del 15 de febrero de cada año.

Sentencia 00174 de 2018 - Consejo de Estado

Los conceptos de asignación de retiro y salario son diferentes. El primero goza de una naturaleza prestacional que tiene como objetivo principal beneficiar a los miembros del Ejército y de la Policía, con un tratamiento diferencial que obedece a la ejecución de una función pública que envuelve un riesgo inminente para sus vidas y las de sus familiares, susceptible de reconocimiento por el retiro del servicio activo; mientras que el segundo es toda remuneración ordinaria, habitual y permanente que reciba el trabajador como contraprestación directa del servicio.

Sentencia 00174 de 2012 - Consejo de Estado

Las entidades estatales tienen, entre otras potestades, las de interpretar, modificar y terminar unilateralmente el contrato, así como también la de declarar su caducidad frente al incumplimiento de las obligaciones del contratista. Estas facultades concedidas por la ley, surgen de la naturaleza especial de la relación que entre las entidades estatales y los particulares se establece, de la condición del Estado como contratante y de las finalidades del contrato estatal.