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Sentencia 00146 de 2018 - Consejo de Estado

A pesar del que el Decreto 1919 de 2002 dispuso la homologación en materia de prestaciones sociales en el orden local con el sector Nacional, ha concluido el Consejo de Estado, que aún con la equiparación realizada por el artículo 1º del Decreto 1919- la bonificación por servicios y la prima de antigüedad constituyen factores de salario conforme se deriva de los literales a) y g) del artículo 42 del Decreto 1042 de 1978, y corolario de ello no podrían regirse por el Decreto 1919 de 2002, por cuanto lo único que extendió éste al orden territorial fue el régimen de prestaciones sociales del nivel nacional.[1]