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Sentencia 00099 de 2018 - Consejo de Estado En las controversias de contrato realidad hay lugar a reconocer las prestaciones y el tiempo de servicios con fines pensionales que el contratista dejó de devengar, pues su situación jurídica fue mediante un contrato estatal, pero que en su ejecución se dieron los elementos constitutivos de una relación laboral. Así mismo, la prescripción extintiva no se puede aplicar frente a los aportes para pensión, en atención a la condición periódica de este derecho, que los hace imprescriptibles, mientras que las prestaciones sociales y salariales, al ser pagadas por una sola vez, sí son susceptibles del mencionado fenómeno. |
Sentencia 00099 de 2012 - Consejo de Estado El Fondo de Solidaridad Pensional es, de conformidad con el artículo 25 de la Ley 100 de 1993, una cuenta especial de la Nación sin personería jurídica, adscrita al Ministerio de la Protección Social, al que en virtud de los artículos 6 a 8 de la Ley 1444 de 2011, le fueron escindidos los objetivos y funciones asignados al Despacho del Viceministro de Salud y Bienestar y al Viceministerio Técnico, con el fin de crear el Ministerio de Salud y Protección Social |