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Sentencia 00077 de 2019 - Consejo de Estado La demandada participó en la consulta interpartidista celebrada el 11 de marzo de 2018 en representación del movimiento Por una Colombia Honesta y Fuerte y luego se presentó a las elecciones presidenciales como fórmula vicepresidencial del señor Iván Duque Márquez, candidato del partido Centro Democrático, el hecho de que haya apoyado al candidato vencedor da lugar a que se interprete que no incurrió en doble militancia. La restricción prevista para que quien participe en las consultas internas o interpartidistas no pueda inscribirse por otro movimiento o partido en el mismo proceso electoral (inciso 5º del artículo 107 de la Constitución), debe atender a la naturaleza de la prohibición de doble militancia, que persigue el fortalecimiento de las agrupaciones políticas, con el fin de que sus lineamientos y directrices no sean desconocidos. |