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Sentencia 00030 de 2013 - Consejo de Estado En materia de derecho disciplinario, a diferencia del penal, resulta relevante para efectos de estructurar la responsabilidad disciplinaria, el concepto de ilicitud sustancial, entendido éste como la inobservancia de los servidores públicos a los deberes funcionales que le han sido atribuidos por la constitución, la ley y los reglamentos, a partir del desvalor en su actuar, esto es, se repite, no a través del quebrantamiento formal sino material de los deberes previamente asignados. |
Sentencia 00030 de 2011 - Consejo de Estado La administración tiene competencia revocatoria aún respecto de actos en firme siempre que no se hubiere dictado auto admisorio de la demanda contra ellos, por parte de la jurisdicción de lo contencioso administrativo; y ni la petición ni su decisión reviven los términos para el ejercicio de las acciones contencioso - administrativas, ni dan lugar a la aplicación del silencio administrativo. |