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Frente a los factores que constituyen ingreso base de liquidación para el cálculo de los aportes parafiscales a favor de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), en primera medida la prima de servicios como factores constitutivos de salario debe comprenderse dentro de la base de liquidación para el aporte parafiscal, la prima de actividad constituye factor salarial para efectos de liquidación del aporte parafiscal, la prima especial de servicios no puede comprenderse para el aporte parafiscal, la bonificación por actividad judicial no comprende factor salarial para efectos de liquidación del aporte parafiscal, frente a la prima de vacaciones debe ser tenida en cuenta para el aporte a parafiscales, los viáticos como factores constitutivos de salario deben ser tenidos en cuenta para el aporte parafiscal, finalmente frente a la prescripción de los aportes parafiscales se debe remitir al articulo 2536 del código civil. |