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Sentencia 00011 de 2016 - Consejo de Estado La elección del demandado infringió el artículo 126 Superior, toda vez que, los nombramientos estudiados en precedencia, denotan que el demandado designó a parientes –en los grados consagrados en la norma– de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, quienes tenían la competencia para intervenir en su designación, lo cual implica vulneración de los postulados constitucionales. |
Sentencia 00011 de 2011 - Consejo de Estado La situación en la que se encuentran los empleados que gozan de fuero de relativa estabilidad laboral, no es igual a la de los funcionarios de libre nombramiento y remoción, pues respecto de estos se predica un grado de confianza que no se requiere en aquellos. La finalidad que se persigue con la autorización de removerlos libremente es razonable, pues consiste en asegurar la permanencia de la confianza que supone el ejercicio del cargo. |
Sentencia 00011 de 2009 - Consejo de Estado La configuración de la inhabilidad contemplada en el artículo 179 de la Constitución Política, se debe demostrar que, ante entidades públicas, dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la elección, el congresista elegido intervino personal y activamente en diligencias o actuaciones tendientes a obtener cualquier interés o beneficio, incluso de naturaleza extramatrimonial, y no sólo la consecución de un resultado lucrativo . |
Sentencia 00011 de 2006 - Consejo de Estado Señala que el acto administrativo que declara la vacancia por abandono del cargo fue expedido una vez verificada por la administración la causal, sin necesidad de valorar circunstancias adicionales no previstas en la ley, pues no se acreditó justa causa de la ausencia. |
Sentencia 00011 de 2013 - Consejo de Estado El término de caducidad para efectos de controvertir la legalidad de la sanción disciplinaria de destitución e inhabilidad para ejercer funciones públicas, comienza a contarse a partir de la firmeza de los actos que dieron por finalizada la actuación administrativa sancionatoria y no desde la notificación de las Resoluciones Nos. 01333 de 22 de julio de 2003 y 01516 de 20 de agosto de 2003, las cuales no tienen el carácter de actos de ejecución de la sanción anotada, en la medida en que fueron expedidas por el Fiscal General de la Nación con fundamento en lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 79 del Decreto 261 de 2000 ante la existencia de una inhabilidad sobreviniente. |