Filtros de búsqueda

Menos
Más
Menos
Más
  • Procuraduria General de la Nacion (4) [X]
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 4 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Directiva 1 de 2008 - Procuraduria General de la Nacion

El Procurador General de la Nación, en ejercicio del control preventivo que debe realizar el ministerio público en defensa de los derechos fundamentales de la infancia, la adolescencia y la familia, insta, exhorta, solicita e invita a los gobernadores, alcaldes, Asambleas Departamentales, Concejos Municipales y Distritales, tener en cuenta en la elaboración de los planes de desarrollo, la situación de la niñez y la adolescencia en el ente territorial, la definición, los objetivos, los principios de la Políticas Públicas para esta población; el ciclo de vida, el enfoque de garantía y restablecimiento de derechos, elaborados por el Departamento Nacional de Planeación, el Ministerio de la Protección Social y el Ministerio de Educación con la asesoría técnica del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar; entre otras recomendaciones. Señala que a partir del 1° de julio de 2008 y hasta el día 18 siguiente, los gobernadores y alcaldes deberán remitir en medio impreso y magnético a la Procuraduría General de la Nación, Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia, copia de los respectivos Planes de Desarrollo, e insta a las Asambleas Departamentales y Concejos Municipales para que realicen el control político que ordena el inciso 5º del artículo 204 del Código de la Infancia y la Adolescencia, respecto a la verificación de que el plan de desarrollo e inversión corresponda con los resultados del diagnóstico realizado, acerca de la situación de la niñez y la adolescencia en su departamento y municipio.

Directiva 1 de 2006 - Procuraduria General de la Nacion

Insta a los Gobernadores y Alcaldes para que convoquen a más tardar el 30 de enero de 2006, al Consejo de Política Social específicamente al subcomité encargado de las políticas de infancia y familia, con el objetivo de diseñar un plan de acción dirigido a detectar a los niños, niñas, adolescentes y demás integrantes de la familia que puedan o sean víctimas de violencia intrafamiliar, violencia sexual u otros tipos de violencia; para que este diagnóstico se convierta en una herramienta que permita identificar las deficiencias, construir las políticas y adoptar las medidas necesarias para hacer efectivos los Derechos Humanos de esta población, entre otras, mediante el fortalecimiento de las redes para prevenir y atender estas problemáticas. Exhorta a todas las entidades del orden nacional, departamental y municipal a: gestionar los recursos necesarios para la atención física y psicológica de las víctimas de la violencia contra la población referida para garantizar el restablecimiento de sus derechos; investigar los casos de vulneración de los derechos de manera oportuna, eficaz y preferente; aplicar de manera inmediata las medidas especiales previstas en la legislación nacional, para proteger la integridad mental y física de las personas en especial los niños, niñas y adolescentes sometidas a amenazas de violencia y garantizar el funcionamiento de las comisarías de familia a nivel nacion

Directiva 1 de 2005 - Procuraduria General de la Nacion

Señala los criterios necesarios para la realización del control preventivo y represivo disciplinario, sobre conductas relativas a la indebida participación en política, indebida destinación de recursos públicos con criterios partidistas y contratación indebida con los mismos propósitos, por parte de los servidores públicos, así como de establecer directrices de control y vigilancia electoral en las elecciones que se llevarán a cabo durante el año 2005, de conformidad con el calendario de la Registraduría Nacional del Estado Civil. De igual forma solicita a las autoridades municipales encargadas de la recolección, actualización de la base de datos y carnetización de beneficiarios del programas sociales, en especial del Régimen Subsidiado en Salud-SISBEN, se abstengan de realizar tales actividades con fines partidistas para favorecer o perjudicar a candidato o causa política alguna, porque de trata de un derecho fundamental, regulado por la Ley 100 de 1993.

Directiva 1 de 2000 - Procuraduria General de la Nacion

Se establecen los lineamientos básicos de participación en política, el uso indebido de los bienes y patrimonio del estado. Se tienen las bases jurídicas de Permisión constitucional de participar en actividades, controversias, e intervención en política. Se solicita a las autoridades públicas documentación específica de disponibilidad presupuestal.