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Decreto 58 de 2020 - Nivel Nacional Sustituye un titulo del Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Publico en relaciona con los programas de saneamiento fiscal y financiero de las empresas sociales del Estado. |
Decreto 58 de 2018 - Nivel Nacional Modifica el Decreto 1833 de 2016 compilatorio de las normas del Sistema General de Pensiones, en relación con los Recursos del Fondo de Pensiones Públicas establecidos en el artículo 2.2.10.4.3. |
Decreto 58 de 2015 - Nivel Nacional Establece las disposiciones en cuanto al procedimiento para el pago de deudas del Régimen Subsidiado de Salud. Las entidades territoriales que dejaron de reportar la información de las deudas de contratos de régimen subsidiado hasta marzo de 2011 reconocidas y no pagadas con recursos de cuentas maestras o que habiendo reportado al Ministerio de Salud y Protección Social evidenciaron diferencias en los valores reportados por las Entidades Promotoras de Salud (EPS), o que aclararon, reconocieron y conciliaron deudas con Entidades Promotoras de Salud (EPS) con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto número 1080 de 2012, deberán adelantar el procedimiento de que trata el presente decreto. |
Decreto 58 de 2014 - Nivel Nacional Por el cual se reglamenta el artículo 46 de la Ley 1551 de 2012, en el marco de los objetivos generales y las competencias de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, con respeto a la autonomía de las entidades territoriales, |
Decreto 58 de 1997 - Nivel Nacional se fija la escala salarial para los empleos públicos del Congreso Nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial. |
Decreto 58 de 1994 - Nivel Nacional Se fija escala salarial para los empleados públicos del Congreso Nacional y se dictan otras disposiciones. |
Ley 58 de 1982 - Nivel Nacional Concede facultades al Presidente para reformar el Código Contencioso-Administrativo, para lo cual crea una Comisión Asesora. Determina que los órganos de la rama ejecutiva, las entidades descentralizadas del orden nacional, las Gobernaciones y el Alcalde de Bogotá, reglamentarán la tramitación interna de las peticiones que deban resolver y la manera de atender las quejas por el mal funcionamiento de los servicios a su cargo, los cuales serán sometidos para revisión y aprobación de la Procuraduría General de la Nación. Indica los principios para desarrollar la actuación administrativa, plazos, silencio administrativo, revocatoria directa y tasación de perjuicios en acciones indemnizatorias. |
Ley 58 de 1931 - Nivel Nacional Por la cual se crea la Superintendencia de Sociedades Anónimas y se dictan otras disposiciones. |