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Decreto 3732 de 2005 - Nivel Nacional Modifica el parágrafo 1° del artículo 5° del Decreto 2126 de 1997, en el sentido de indicar que los bonos que se emitan para el reconocimiento de las sentencias y conciliaciones judiciales como deuda pública se entregarán en condiciones de mercado de acuerdo con el mecanismo que disponga el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, teniendo en cuenta las condiciones financieras del mercado primario de los títulos de deuda pública de la Nación. Señala quien podrá ejercer la administración de los bonos que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público emita en desarrollo de lo previsto en este artículo. |