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Decreto 2909 de 2001 - Nivel Nacional

Fija el auxilio de transporte a cargo de los empleadores, a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el salario mínimo legal vigente, en la suma de treinta y cuatro mil pesos ($ 34.000) moneda corriente mensuales, art. 1.