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Decreto 2763 de 2012 - Nivel Nacional

Reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012 ¿Por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones.¿ Declara la exención del impuesto sobre la renta y complementados a que se refiere el artículo 150 de la Ley 1607 de 2012, entre los años 2013 y hasta el 2017, a las nuevas empresas desarrolladas por personas naturales residentes; por nuevas personas jurídicas o sociedades de hecho nacionales; por personas naturales no residentes en el país o por personas jurídicas o entidades extranjeras mediante nuevos establecimientos permanentes; que se constituyan e instalen efectivamente a partir del 1° de enero de 2013, se inscriban en el registro mer¬cantil, se inscriban en el Registro Único Tributario - RUT y desarrollen la totalidad de su actividad económica de producción o prestación de servicios únicamente en el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Para estos efectos, el objeto social principal o actividad principal debe corresponder a una de la siguientes actividades económicas: prestación de servicios turísticos; producción agropecuaria, piscícola, maricultura, mantenimiento y reparación de naves, servicios de salud, servicios de procesamiento de datos, servicios de call center, corretaje en servicios financieros, programas de desarrollo tecnológico aprobados por Colciencias, servicios de educación y servicios de maquila.

Decreto 2763 de 2005 - Nivel Nacional

Deroga el artículo 6 y el Capítulo II del Decreto 393 de 2002 que regula la Calificación de Proponentes, determina que el régimen aplicable a la Calificación de Proponentes será el contenido en los artículos vigentes del Decreto 393 de 2002 y en lo establecido en los artículos 1°, 2°, 3°, 5°, 6° y 8° a 27 del Decreto 92 de 1998.

Decreto 2763 de 2001 - Nivel Nacional