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Concepto 205591 de 2023 - Nivel Nacional Corresponde al jefe de talento humano o quien haga sus veces para garantizar el reconocimiento al derecho preferencial de encargo revisar identificar frente a la totalidad de la planta de empleos de la entidad, sin distinción por dependencia y/o ubicación el servidor de carrera que en el mismo nivel jerárquico acredite los requisitos definidos en el artículo 24 de la Ley 909 de 2004; en ausencia de servidor con evaluación en el nivel sobresaliente, el derecho se predica respecto del servidor que en el mismo nivel cumpla con los demás requisitos y cuente con calificación satisfactoria.Este procedimiento deberá realizarse sucesivamente descendiendo en la planta, sin que la norma prevea o estime un tiempo necesario para el mismo. |