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Decreto 1386 de 2016 - Nivel Nacional Por el cual se decreta la aplicación del Cese al Fuego Bilateral y Definitivo dentro del marco del acuerdo final entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP y se dictan otras disposiciones |
Ley 1386 de 2010 - Nivel Nacional Prohíbe que las entidades territoriales deleguen, a cualquier título, la administración de los diferentes tributos a particulares, asimismo, determina que no se podrá celebrar contrato o convenio alguno, en donde las entidades territoriales, o sus entidades descentralizadas, deleguen en terceros la administración, fiscalización, liquidación, cobro coactivo, discusión, devoluciones, e imposición de sanciones de los tributos por ellos administrados. La recepción de las declaraciones así como el recaudo de impuestos y demás pagos originados en obligaciones tributarias podrá realizarse a través de las entidades autorizadas en los términos del Estatuto Tributario Nacional, sin perjuicio de la utilización de medios de pago no bancarizados. |
Decreto 1386 de 2010 - Nivel Nacional Por el cual se fija la escala de remuneración para los empleos públicos de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. |
Decreto 1386 de 2002 - Nivel Nacional El traslado de la sede del despacho de los alcaldes, por graves motivos de orden público, podrá ser autorizado por el respectivo gobernador, art. 7 |