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Concepto 81151 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleado que ejerce un cargo de libre nombramiento y remoción de una unidad de trabajo legislativa, respecto a los permisos se pueden conceder cuando el empleado los requiera y siempre que medie justificación a criterio del jefe del organismo, quien tiene la potestad de otorgarlo o no, previa evaluación de la causa que origine la solicitud, adicionalmente el termino máximo es por tres días, sin que se encuentre establecido el número de veces que se puede otorgar el permiso.