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Concepto 396341 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública "Conforme al artículo 18 del Decreto 1279 de 2002, con el propósito de estimular el desempeño de los mejores docentes de carrera y a los más destacados en las actividades de extensión, los Consejos Superiores Universitarios pueden establecer un mecanismo de evaluación trasparente y con criterios exigentes y rigurosos para el reconocimiento de puntos salariales y de bonificación. Se deberá determinar de manera clara los casos en que se conceden puntos salariales y en que se otorgan puntos de bonificación, sin que en ninguna circunstancia el mismo docente se beneficie simultáneamente por ambos conceptos en el mismo año. Sin embargo, la norma también señala que no se podrán acumular en el mismo período reconocimientos simultáneos por docencia y extensión. Adicionalmente existe una prohibición aplicable a los docentes universitarios de percibir más de dos asignaciones provenientes del tesoro público." |