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Concepto 395681 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El empleado puede solicitar la renuncia de la licencia ordinaria, a través de escrito que deberá presentar ante el nominador. La norma no establece un plazo concreto para renunciar a la licencia ordinaria, sin embargo, si lo que se pretende es “desistir” de esta licencia, se considera razonable hacerlo antes de la fecha de inicio de la misma. Si el funcionario ya se encuentra gozando de la licencia, el escrito ante el nominador renunciando a esta se considera debe presentarse con anticipación a la fecha de reincorporación del servicio. Todo esto debe tomar en consideración los tiempos y procesos establecidos para tal fin al interior de cada entidad.